El TSJ de Andalucía acuerda suspender la actividad judicial en Málaga capital y los partidos judiciales de la costa

El TSJ de Andalucía acuerda suspender la actividad judicial en Málaga capital y los partidos judiciales de la costa

También afecta dicha suspensión a los partidos judiciales de Almuñécar y Motril, en la provincia de Granada

El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla ha acordado hoy la suspensión de las actuaciones judiciales programadas para el día de hoy en los órganos judiciales correspondientes de Estepona, Marbella, Fuengirola, Torremolinos, Coín, Málaga, Vélez-Málaga y Torrox, todos ellos en la provincia de Málaga. También acuerda la suspensión de dicha actividad judicial en los partidos de la costa granadina, en concreto los juzgados de Almuñécar y Motril.

Al mismo tiempo, el acuerdo “exhorta” a los titulares de los órganos judiciales de Antequera, Archidona, en la provincia de Málaga, y de Loja y Granada capital, en la provincia de Granada, a ponderar “la necesidad de evitar desplazamientos y los riegos que los mismos puedan conllevar para los profesionales y ciudadanos” convocados a los actos judiciales programados y, adopten, en su caso, “la decisión de suspenderlos en aras a garantizar la seguridad de las personas”.

Por este motivo, se recomienda considerar las circunstancias concretas y seguir las pautas establecidas por las autoridades administrativas correspondientes. Junto a ello, el acuerdo indica que dichas recomendaciones podrán servir para reconsiderar los términos del acuerdo.

El acuerdo se basa en el establecimiento de alerta roja en dichos municipios por parte de la Agencia Española de Meteorología (AEMET), que ha establecido una alerta roja que afecta a la provincia de Málaga y una alerta naranja sobre buena parte de la provincia de Granada, situación que previsiblemente se mantendrá a lo largo del día de hoy, 13 de noviembre, con probabilidad de que pueda extenderse al día de mañana, 14 de noviembre.

No suspensión de actuaciones urgentes

La suspensión acordada no afectará a ninguna de las actuaciones propias del servicio de guardia, que tendrán la consideración de urgentes e inaplazables, así como cualquier otra actuación judicial “de perentoria y urgente necesidad o cuya dilación pueda causar un perjuicio irreparable”.

Por último, se indica que los actos judiciales afectados por esta suspensión serán reprogramados por los distintos órganos judiciales con preferencia a cualquier acto “pendiente de ser agendado”.



SÍGUENOS EN REDES SOCIALES