Tradicionalmente, la mediación electrónica ha sido la gran olvidada de los medios alternativos de resolución de controversias, la menos conocida y utilizada en España. Sin embargo, son múltiples las posibilidades que ofrecen las tecnologías como internet y los dispositivos electrónicos (móvil, ordenador, tableta...), cada vez más presentes en cualquier actividad de nuestra vida cotidiana (chats, blogs, redes sociales,
WhatsApp...) y en las relaciones con los diversos organismos públicos (Hacienda, Justicia, universidad, Seguridad Social...).
18 de enero de 2024