Las Consejeras y Consejeros del Consejo General de Procuradores de España no perciben retribución salarial alguna por razón de su cargo.
De acuerdo con el Reglamento de Régimen Interior del Consejo, únicamente se satisfacen importes en concepto de dietas como consecuencia de los gastos de desplazamiento, alojamiento y asistencia a las sesiones de la Comisión Permanente, Comité Ejecutivo y Comisiones de trabajo o asesoramiento, así como cualquier otra asistencia necesaria de un Consejero en el desempeño de sus funciones.
Estos importes fueron aprobados por el Pleno de este Consejo General, en sesión de fecha 19 de diciembre de 2001, dando como resultado el siguiente baremo:
- Por asistencia a las sesiones de la Comisión Permanente, Comité Ejecutivo y Comisiones de trabajo o asesoramiento, así como cualquier otra asistencia necesaria de un Consejero en el desempeño de sus funciones.
Importe bruto = 240,41 € por día
Retención IRPF – 37 % = 88,95 €
Importe Neto = 151,46 €
- El Consejo General de Procuradores se hará cargo de los gastos de desplazamiento que se originen por la asistencia al Pleno de los Consejeros.
Los gastos de alojamiento y manutención que se originen por la asistencia al Pleno de los Consejeros Decanos, correrán por cuenta de los respectivos Colegios.
- El Consejo General de Procuradores se hará cargo de los gastos de desplazamiento y alojamiento por asistencia a Comisión Permanente, Comité Ejecutivo, Comisiones de Trabajo o asesoramiento, así como cualquier otra asistencia necesaria de un Consejero en el desempeño de sus funciones.
- El Consejo General reintegrará el importe de cualquier gasto de desplazamiento o alojamiento abonado por un consejero, siempre y cuando acredite que la factura se expida a nombre de éste.
El límite para abonar por estancia diaria en un hotel serán 150,00 €, con independencia de la categoría elegida por el Consejero.
- Los desplazamientos realizados en el vehículo del consejero, se abonarán a 0,28 € el kilómetro, computándose para su devengo la ida y la vuelta.